A consecuencia de la emergencia sanitaria internacional provocada por la epidemia del Coronavirus (Covid-19) el Gobierno está aprobando nuevas medidas para paliar los efectos económicos y sanitarios de esta pandemia que nos azota, para ello ha aprobado el Real Decreto Ley 14/2020, de 14 de Abril, por el que se extiende el plazo de presentación e ingreso de determinadas declaraciones y autoliquidaciones tributarias

El Real Decreto-ley que permite prolongar el plazo de presentación de declaraciones y autoliquidaciones de impuestos para pymes y autónomos. La norma establece que estos colectivos no tendrán que presentar estos pagos tributarios en abril, como es habitual, sino que extiende el plazo un mes hasta el 20 de mayo para mitigar el impacto económico provocado por la crisis del COVID-19. 

En concreto, el decreto recoge que los contribuyentes con un volumen de operaciones de hasta 600.000 euros en el año 2019 tendrán de plazo hasta el 20 de mayo para presentar las declaraciones de impuestos correspondientes al mes de abril. Es decir, podrán aplazar la presentación de la declaración trimestral del IVA, el pago fraccionado del Impuesto sobre Sociedades, así como los de retenciones del IRPF. 

Lo dispuesto en este Real decreto-ley no resultará de aplicación a los grupos fiscales, tanto de IVA como de Sociedades.

En el caso de declaraciones domiciliadas, el plazo se amplía también un mes y pasa del 15 de abril al 15 de mayo. Con independencia del momento de la presentación, todos los cargos se realizarán el 20 de mayo. Eso incluye también las declaraciones presentadas antes del 15 de este mes. 



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