DECLARACIONES TRIBUTARIAS

Ante la situación excepcional causada por la pandemia global del coronavirus (COVID-19), el Gobierno continúa aprobando medidas extraordinarias para aliviar los efectos económicos que sufren empresas, autónomos y pymes.

En concreto, el 14 de abril se publicó el Real Decreto Ley 14/2020, que establece una ampliación en el plazo de presentación de declaraciones y autoliquidaciones tributarias. La finalidad de esta medida es aliviar los efectos negativos provocados por la crisis sanitaria actual.

La ampliación del plazo para declaraciones tributarias por coronavirus beneficia a los contribuyentes con operaciones inferiores a 600.000 euros durante el ejercicio 2019. Estos contribuyentes no deberán presentar sus obligaciones tributarias en las fechas habituales del mes de abril. Ahora tendrán hasta el 20 de mayo para realizar la declaración trimestral del IVA, el pago fraccionado del Impuesto sobre Sociedades y las retenciones del IRPF.

Sin embargo, esta extensión no es aplicable a los grupos fiscales consolidados, ya sea en IVA o en Sociedades. Estos grupos fiscales deben seguir presentando sus declaraciones en las fechas establecidas previamente

DECLARACIONES DOMICILIADAS

Por otra parte, para aquellas declaraciones domiciliadas, el plazo habitual del 15 de abril se amplía también un mes, hasta el 15 de mayo. Independientemente del día en que se realice dicha presentación, todos los cargos en cuenta bancaria se efectuarán el mismo día, concretamente el 20 de mayo. Esto incluye incluso las declaraciones tributarias que se hayan presentado antes del día 15.

Esta medida del Real Decreto Ley 14/2020 sobre la ampliación del plazo de impuestos por coronavirus está diseñada para facilitar a las empresas y autónomos la gestión de su liquidez durante estos meses críticos, garantizando así una mejor adaptación a la situación económica actual generada por el COVID-19.

Revisa el documento adjunto para obtener información más detallada sobre cómo afecta esta normativa a tus obligaciones fiscales.


AMPLIACIÓN DE PLAZOS Y APLAZAMIENTOS DE LAS PRINCIPALES OBLIGACIONES TRIBUTARIAS

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DECLARACIONES TRIBUTARIAS Ante la situación excepcional causada por la pandemia global del coronavirus (COVID-19), el Gobierno continúa aprobando medidas extraordinarias para aliviar los efectos económicos que sufren empresas, autónomos y pymes. En concreto, el 14 de abril se publicó el Real Decreto Ley 14/2020, que establece una ampliación en el plazo de presentación de declaraciones y autoliquidaciones tributarias. La finalidad de esta medida es aliviar los efectos negativos provocados por la crisis sanitaria actual. La ampliación del plazo para declaraciones tributarias por coronavirus beneficia a los contribuyentes con operaciones inferiores a 600.000 euros durante el ejercicio 2019. Estos contribuyentes no deberán presentar sus obligaciones tributarias en las fechas habituales del mes de abril. Ahora tendrán hasta el 20 de mayo para realizar la declaración trimestral del IVA, el pago fraccionado del Impuesto sobre Sociedades y las retenciones del IRPF. Sin embargo, esta extensión no es aplicable a los grupos fiscales consolidados, ya sea en IVA o en Sociedades. Estos grupos fiscales deben seguir presentando sus declaraciones en las fechas establecidas previamente DECLARACIONES DOMICILIADAS Por otra parte, para aquellas declaraciones domiciliadas, el plazo habitual del 15 de abril se amplía también un mes, hasta el 15 de mayo. Independientemente del día en que se realice dicha presentación, todos los cargos en cuenta bancaria se efectuarán el mismo día, concretamente el 20 de mayo. Esto incluye incluso las declaraciones tributarias que se hayan presentado antes del día 15. Esta medida del Real Decreto Ley 14/2020 sobre la ampliación del plazo de impuestos por coronavirus está diseñada para facilitar a las empresas y autónomos la gestión de su liquidez durante estos meses críticos, garantizando así una mejor adaptación a la situación económica actual generada por el COVID-19. Revisa el documento adjunto para obtener información más detallada sobre cómo afecta esta normativa a tus obligaciones fiscales. AMPLIACIÓN DE PLAZOS Y APLAZAMIENTOS DE LAS PRINCIPALES OBLIGACIONES TRIBUTARIAS circular_coronavirus_covid-19_rdl_17_marzo_002Descarga

Expedients de Regulació Temporal d’Ocupació a Andorra (ERTO)

DECLARACIONES TRIBUTARIAS Ante la situación excepcional causada por la pandemia global del coronavirus (COVID-19), el Gobierno continúa aprobando medidas extraordinarias para aliviar los efectos económicos que sufren empresas, autónomos y pymes. En concreto, el 14 de abril se publicó el Real Decreto Ley 14/2020, que establece una ampliación en el plazo de presentación de declaraciones y autoliquidaciones tributarias. La finalidad de esta medida es aliviar los efectos negativos provocados por la crisis sanitaria actual. La ampliación del plazo para declaraciones tributarias por coronavirus beneficia a los contribuyentes con operaciones inferiores a 600.000 euros durante el ejercicio 2019. Estos contribuyentes no deberán presentar sus obligaciones tributarias en las fechas habituales del mes de abril. Ahora tendrán hasta el 20 de mayo para realizar la declaración trimestral del IVA, el pago fraccionado del Impuesto sobre Sociedades y las retenciones del IRPF. Sin embargo, esta extensión no es aplicable a los grupos fiscales consolidados, ya sea en IVA o en Sociedades. Estos grupos fiscales deben seguir presentando sus declaraciones en las fechas establecidas previamente DECLARACIONES DOMICILIADAS Por otra parte, para aquellas declaraciones domiciliadas, el plazo habitual del 15 de abril se amplía también un mes, hasta el 15 de mayo. Independientemente del día en que se realice dicha presentación, todos los cargos en cuenta bancaria se efectuarán el mismo día, concretamente el 20 de mayo. Esto incluye incluso las declaraciones tributarias que se hayan presentado antes del día 15. Esta medida del Real Decreto Ley 14/2020 sobre la ampliación del plazo de impuestos por coronavirus está diseñada para facilitar a las empresas y autónomos la gestión de su liquidez durante estos meses críticos, garantizando así una mejor adaptación a la situación económica actual generada por el COVID-19. Revisa el documento adjunto para obtener información más detallada sobre cómo afecta esta normativa a tus obligaciones fiscales. AMPLIACIÓN DE PLAZOS Y APLAZAMIENTOS DE LAS PRINCIPALES OBLIGACIONES TRIBUTARIAS circular_coronavirus_covid-19_rdl_17_marzo_002Descarga

RDL 21 ABRIL 2020 Medidas Jurídico-Fiscales COVID-19 (Arrendamientos de locales y Aspectos fiscales)